Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano de participación representativo de la comunidad educativa del centro y ejerce sus funciones en el respeto a los derechos de los alumnos y sus padres, de los profesores, del personal de administración y servicios y de la institución titular. 

La composición del Consejo Escolar es la siguiente: 

  • El/La director/a del centro, que lo preside. 
  • res representantes de la institución titular del centro, designados por la propia institución. 
  • Un/a concejal/a o representante del Ayuntamiento del municipio. 
  • Cuatro representantes del profesorado. 
  • Cuatro representantes de los padres de alumnos: tres elegidos en votación y uno designado por la junta del AMPA 
  • Un/una representante del personal de administración y servicios. 

Las principales funciones del Consejo Escolar son: 

  • Intervenir en la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atiendan a la normativa vigente. 
  • Aprobar el presupuesto anual y el rendimiento de cuentas. 
  • Aprobar las directrices en el desarrollo de las actividades extraescolares y servicios. 
  • Participar en la aprobación del proyecto educativo. 
  • Participar en la aprobación de la programación general anual, de las normas de funcionamiento y gestión económica del centro. 
  • Aprobar los criterios para la participación de la escuela en actividades culturales, deportivas, recreativas, visitas, plan educativo de entorno… 
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el Centro. 
  • Supervisar la marcha general del centro en sus aspectos administrativos y docentes.

El Consejo Escolar renueva la mitad de sus miembros cada dos años según la normativa del Departamento de Enseñanza.